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  Separaciones y divorcios entre  matrimonios con uno o los dos cónyuges extranjeros o residiendo fuera del territorio español.

Sustracción Internacional de menores

La custodia de los hijos – El cumplimiento de sentencias de otro país – ¿Qué régimen matrimonial se aplica?

Conocemos  los Convenios y Reglamentos de la Unión Europea, así como también los Convenios bilaterales suscritos con  España así como  los Convenios e Instrumentos de organismos internacionales ratificados por el Estado Español.

  • ¿Qué leyes se aplican en caso de divorcio entre extranjeros?

  • ¿Cómo afecta el primer lugar de residencia en un divorcio internacional?

  • ¿Qué derechos tienes  según el país en que te has casado?

  • ¿Cómo se reparte el patrimonio?

  • ¿Qué ocurre con los bienes adquiridos  durante el matrimonio?

  •  ¿Tenéis bienes repartidos en varios países?

  • La cuentas bancarias, las hipotecas, etc.

  • ¿Tenéis hijos? ¿Cómo organizarse ante un divorcio internacional ?

  • Mejor consultar con expertos para tomar las decisiones adecuadas

SONIA ALVAREZ Socia Directora de LEXBCN Abogados
Abogada desde 1993 especialista en Derecho de Familia,
Internacional, Vocal de la Societat Catalana d’Advocats de Familia,
Formadora, Ponente y Comunicadora

Somos un equipo experto , capacitado y actualizado en Derecho de Familia Internacional y sustracción internacional de menores en Barcelona, España esperamos poder ayudarte a solventar tu problema con la mayor celeridad  a un precio ajustado 

 tel .93 301 92 01

  • Miembro de la Asociación de Profesionales contra la Sustracción Internacional de Menores en España. (ASIME)

  • Socia  Fundadora de AIJUDEFA Asociación internacional de juristas de Familia.

  • Mediadora registrada en el ámbito del derecho privado

  • Vocal  y miembro de la junta directiva de la Societat Catalana d’Advocats de Família (SCAF)

  • Miembro de la Asociación de Abogados Colaborativos de Familia

  • Miembro de la Associació Catalana d’Advocats Col·laboratius

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Un divorcio internacional puede darse por múltiples situaciones, cada situación familiar es única y  ha de tratarse de modo único, solo con el conocimiento de las diferentes legislaciones y acuerdos internacionales en derecho de familia existentes entre los estados, podemos ofrecer un asesoramiento experto y de calidad en estos temas.

Es crucial ser asesorados  por un abogado/a especializada en derecho de familia internacional.  Existen multitud de aspectos que combinados entre ellos pueden confundir a abogados no especializados en derecho de familia internacional y por nuestra experiencia sabemos que pueden provocar resultados no del todo satisfactorios y difíciles de reparar a posteriori.

 Existen múltiples  variantes cuando la ruptura o divorcio se produce con componentes internacionales, como por ejemplo, cuando la ruptura o divorcio se produce entre parejas de diferente nacionalidad, residan o no en su país de origen, puede que se hayan casado o que sean pareja de hecho, si se han casado  o conviven en un país diferente al de su nacionalidad, si tienen hijos o no, si tienen bienes, si participan en empresas, si han recibido herencias, donaciones, etc.

Hay casos en que sin un abogado especializado es complicado,  averiguar  que  régimen económico matrimonial  es de aplicación y este es un aspecto muy importante en el caso de tener bienes y patrimonio en común.

Cuando trabajamos en  un divorcio internacional, se debe fraccionar cada una de las peticiones para poder comprobar qué tribunal es el competente para conocer de cada petición. Una vez se sabe el tribunal competente, debe comprobarse qué ley se aplica a cada petición.

Las peticiones que habitualmente se discuten en una ruptura son:

ASPECTOS JURÍDICOS ANTE UN DIVORCIO INTERNACIONAL

Pues cuando hay uno o los dos cónyuges extranjeros, hay que comprobar qué ley se aplica para organizar la custodia de los niños. En este caso, será el Reglamento de Bruselas II bis.

Tambien tendremos que comprobar qué ley se aplica para los alimentos y también qué tribunal es competente. En este caso, será el Reglamento 4/2009 de 18 de diciembre de 2008.

Es muy importante que se tenga presente que el uso de la vivienda y la prestación compensatoria no tienen traslado como tales en los Convenios internacionales (Bruselas II bis) y que debe dejarse bien claro que se trata de “alimentos” a los efectos de la Unión Europea.

Es muy importante que se tenga presente que el uso de la vivienda y la prestación compensatoria no tienen traslado como tales en los Convenios internacionales (Bruselas II bis) y que debe dejarse bien claro que se trata de “alimentos” a los efectos de la Unión Europea.

Finalmente, pero no por ello menos importante, es fundamental conocer qué ley se aplica para el reparto y liquidación de los bienes que el matrimonio ha ido adquiriendo a lo largo de su convivencia. Y sólo a modo de puntualización, porque lo vemos lamentablemente, con cierta frecuencia en nuestro despacho: el régimen económico matrimonial NO cambia con el paso del tiempo sólo por el hecho de ir cambiando de Estado o Comunidad Autónoma.

La sustracción internacional de menores o llamada también secuestro parental Internacional  (Internatioal Parental child abduction) Se produce cuando uno de los padres progenitores de un menor de 16 años  decide trasladarse permanentemente a otro país o Estado y llevarse a su hijo con él de forma unilateral y sin el consentimiento del otro progenitor.

Es tan importante conocer la legislación internacional aplicable  que puede perjudicar gravemente tus intereses si acudes a profesionales no expertos, porque en España, en estos casos, se aplican leyes internacionales quedando nuestro Código civil inaplicable si las normas internacionales así lo acuerdan.

sustracción internacional de menores

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¿Sabes que aunque tu pareja y tú no seáis españoles, si vives en Cataluña, tu ruptura puede dar lugar a derechos regulados para las parejas en el Código Civil Catalán?

El Código Civil Catalán se aplica por razón de territorialidad en Cataluña y regula detalladamente derechos para las parejas de hecho bastando su aplicación con la convivencia ininterrumpida durante dos años o bien, el nacimiento de un hijo en común.

Es igual que no seas nacional español y que tu pareja tampoco lo sea, si cumplís el requisito de convivencia o habéis tenido un hijo en común y se plantea la situación de ruptura, el Código Civil Catalán reconoce el derecho a solicitar prestación alimenticia y/o compensación por trabajo a cargo del otro miembro de la pareja.

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