Este procedimiento comienza por una solicitud. Una vez presentada, el Letrado de la Administración de Justicia cita a los cónyuges y al Fiscal (en caso de hijos menores o incapacitados) a una comparecencia en la que inicialmente se debe intentar un acuerdo. A esta comparecencia ya tienen que acudir las partes debidamente representadas por su procurador y defendidas por su abogado. Finalmente, el Tribunal resolverá sobre las medidas a adoptar en un plazo de tres días. Leer más.