Tras la admisión a trámite de la demanda de divorcio, el cónyuge demandado y el Ministerio Fiscal disponen de un plazo para formular oposición por escrito si existen hijos menores o incapacitados. El Tribunal, una vez concluidos los plazos pertinentes, convocará a las partes a la celebración de una vista oral para la práctica de las pruebas. Al dictarse la sentencia de divorcio se finaliza el proceso de divorcio contencioso, al ser esta firme los dos cónyuges estarán obligados a cumplir lo que se ha dictado en ella. Leer más.